Limitaciones a los pagos en efectivo
La Ley 7/2012, de Modificación normativa tributaria y adecuación para la prevención y lucha contra el fraude. Lo más destacado de dicha reglamentación es:
- Limitación al uso de dinero en efectivo: no podrá pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 € en las que intervenga al menos un empresario o profesional. En vigor a partir del 19/11/2.012.
Los cheques al portador son considerados en efectivo.
No se puede pagar parte en metálico, de una factura superior a 2.500 €.
No se puede “fraccionar” una factura superior a 2.500 € en varias,
Obligación de conservar justificantes de pago-cobro durante 5 años.
Tanto el pagador como el que recibe el dinero, se enfrentan a multas del 25 % del pago hecho en efectivo. Hacienda perdonará la sanción a la parte implicada que denuncie los hechos a la agencia tributaria.
Otros aspectos de esta normativa se resumen en el siguiente cuadro: