Limitaciones a los pagos en efectivo

La Ley 7/2012, de Modificación normativa tributaria y adecuación para la prevención y lucha contra el fraude. Lo más destacado de dicha reglamentación es:

  • Limitación al uso de dinero en efectivo: no podrá pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 € en las que intervenga al menos un empresario o profesional. En vigor a partir del 19/11/2.012.  

Los cheques al portador son considerados en efectivo.

No se puede pagar parte en metálico, de una factura superior a 2.500 €.

No se puede “fraccionar” una factura superior a 2.500 € en varias,

Obligación de conservar justificantes de pago-cobro durante 5 años.

Tanto el pagador como el que recibe el dinero, se enfrentan a multas del 25 % del pago hecho en efectivo. Hacienda perdonará la sanción a la parte implicada que denuncie los hechos a la agencia tributaria.

Otros aspectos de esta normativa se resumen en el siguiente cuadro:


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